Bruselas abre expediente a España por no resolver la discriminación en los contratos de los interinos

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, con las vicepresidentas Montero y Díaz.
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, con las vicepresidentas Montero y Díaz.
EFE
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, con las vicepresidentas Montero y Díaz.

La Comisión Europea ha abierto expediente a España por no resolver las condiciones discriminatorias en la contratación de trabajadores interinos, y lo ha hecho a través de una segunda carta en la que insta al Gobierno incorporar correctamente a la legislación nacional la directiva europea de 1999 que prohíbe la discriminación de los trabajadores con contrato de duración determinada. España cuenta actualmente con más de 750.000 interinos en el sector público.

Es la segunda vez que la UE se posiciona a favor de otorgar más derechos a los interinos. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) falló el pasado mes de junio a favor de transformar en fijos a los funcionarios interinos que acumulan contratos temporales en fraude de ley. Una sentencia que chocaba de pleno con la doctrina del Supremo.

En el caso del expediente que Bruselas ha hecho público este jueves, la legislación española contiene condiciones laborales menos favorables (como los derechos de vacaciones) para los empleados con contrato de duración determinada que trabajan en el sector público español en comparación con los empleados fijos. Según la Comisión, esto representa una discriminación contraria al Derecho de la UE, por lo que incoó este procedimiento de infracción en 2014. 

"Si bien España ha modificado las normas desde entonces, persisten problemas de discriminación", ha resaltado la Comisión. En su segunda carta de emplazamiento adicional, la Comisión aborda las diferencias de trato en relación con el cálculo de la antigüedad, el derecho a algunos tipos de permisos o el acceso a las trayectorias profesionales. España dispone ahora de dos meses para subsanar las deficiencias señaladas por el Ejecutivo comunitario. De lo contrario, la Comisión podría decidir enviar un dictamen motivado, antes de llevar el caso al TJUE.

El Gobierno no ha reacción aún al expediente, pero Moncloa puso en marcha en 2021 un proceso de estabilización de interinos para reducir la temporalidad en el sector público —que aún roza el 30%— y el ministro de Transformación Digital y Función Pública, José Luis Escrivá, dijo que daba "resultados extraordinarios": según el ministro se ha cumplido el 75% de las regularizaciones propuestas para este año (unas 300.000).

Otros expedientes abiertos

No es el único nuevo expediente abierto por la Comisión Europea contra España. También ha decidido incoar un procedimiento de infracción enviando una carta de emplazamiento a 26 Estados miembros por no haber incorporado plenamente al Derecho nacional las disposiciones de la Directiva revisada sobre el régimen de comercio de derechos de emisión de la UE (RCDE UE) relativas al nuevo régimen de comercio de derechos de emisión (RCDE2).

La Directiva revisada también prevé la asignación de los ingresos del comercio de derechos de emisión al nuevo Fondo Social para el Clima, que empezará a funcionar en 2026, con el fin de proporcionar financiación específica a los Estados miembros para apoyar a los grupos vulnerables más afectados, especialmente los hogares en situación de pobreza energética o de transporte. Este nuevo sistema, que empezará a funcionar en 2027, cubrirá y abordará las emisiones de CO2 procedentes de la combustión de combustibles en los edificios, el transporte por carretera y la industria no cubiertos por el actual RCCDE (principalmente la pequeña industria).

Por otro lado, Bruselas también ve infracción por parte de España en lo relativo a determinadas restricciones introducidas por la normativa nacional a los planes de pensiones. La prohibición impuesta por España de cotizar a planes de pensiones de empleo y personales por encima de los importes máximos deducibles a efectos fiscales puede entrar en conflicto con la libre circulación de trabajadores, servicios, capitales y el derecho de establecimiento garantizados por los Tratados. 

Si bien el procedimiento de infracción aborda dicha prohibición, ya que puede constituir un obstáculo en el mercado único y limitar indebidamente el acceso a las pensiones complementarias, no cuestiona los importes fiscalmente deducibles. Además, el hecho de que España permita las transferencias individuales nacionales pero no transfronterizas de derechos de pensión en regímenes complementarios de pensión también puede ser contrario a las libertades del mercado interior. El Gobierno también dispone ahora de dos meses para subsanar los fallos.

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